MENSAJES CLAVE PARA FARMACÉUTICOS
- Los titulares de autorización de comercialización no podrán liberar nuevos lotes de antibióticos incluidos en la resolución, pasados 9 meses desde la publicación de la resolución o con posterioridad a la inclusión del nuevo formato en el nomenclátor de facturación si ello fuera posterior en los casos en los que no esté comercializado el envase pequeño.
- Habrá un periodo de transición donde convivirán ambos formatos (envases grandes y envases pequeños).
- Los envases grandes dejaran de comercializar de forma gradual una vez dejen de ser liberados.
- Con la adecuación de los formatos de antibióticos a la evidencia científica más actual y a las Guías Terapéuticas Antimicrobianas del SNS, así como los cambios en el sistema de prescripción se espera que se prescriba un envase de 20 unidades para pautas de 7 días, 3 veces al día.
- Los envases de mayor tamaño podrán seguir dispensándose mientras estén en vigencia, según los periodos de tiempo habituales para los medicamentos en situación de baja general, es decir, durante 5 años o hasta caducidad.
- Los envases que, pasado un tiempo desde la resolución, no se dispensen, deberán devolverse al distribuidor mediante procedimiento estándar de devolución.

